Reglamento Penitenciario -Todo lo que has de saber

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En la sociedad hay unas normas que todos los ciudadanos sabemos que se deben cumplir. Romper con las reglas establecidas (de un modo u otro) o mucho peor, cometer delitos graves de cualquier tipo: asesinar, acosar, matar, violar… y un largo etcétera, son causas más que justificadas para que la justicia te condene. Cuando esto ocurre, si te condenan a cumplir una condena entre rejas, deberás estar encerrado/a el tiempo que se te haya impuesto.

Dentro de la cárcel también hay que cumplir con las normas. Estar encerrado entre barrotes de hierro y sin libertad, no significa que se pueda hacer lo que se quiera. Hay que cumplir con unos horarios, unas normas y unas reglas establecidas en los centros penitenciarios.

Instrucciones

  1. Puedes tener una condena con pena de cárcel por delitos relacionados con la conducción.
  2. Como es un tema que interesa a todo el mundo para saber qué causas al volante te pueden llevar a la privación de la libertad, os lo contamos. Os decimos lo más común, porque obviamente, causar un accidente y matar a otras personas por estado de embriaguez o drogado, también te llevan a la cárcel. Lo mismo, que evitar socorrer a las víctimas y darse a la fuga.
  3. Ir con el vehículo y tener exceso de velocidad, te puede llevar a la cárcel de tres a los seis meses. Te quitarán el carné de conducir durante varios años, harás trabajos comunitarios y pagarás una multa.
  4. Si tomas drogas o bebes alcohol y das una tasa superior a los 0,60miligramos en aire, puedes estar tres meses sin libertad. Tendrás que pagar hasta un año de multa, hacer hasta noventa días de trabajos comunitarios y te retirarán el carné de conducir entre uno y los cuatros años. Hay otras infracciones, como no querer que la policía te haga un control de drogas y/o alcohol. Cuidado porque pueden quitarte el carné varios años y pagar condena entre rejas.
  5. El hecho de estar en la cárcel es intentar o cumplir con hechos tales como meter en prisión, sin libertad, a la gente que ha cometido delitos de sangre (crímenes), los separan de otros convictos.
  6. La principal misión de las cárceles, son las de proteger a los ciudadanos de la gente peligrosa o que pueda cometer de nuevo delitos.
  7. Todas las personas que se demuestre por sus actos, delitos, estudios psicológicos o psiquiátricos que no están capacitados para volver a estar cumpliendo normas, entre la sociedad, deberán aprender en la cárcel que no se puede. Hay que seguir las normas y cumplir con las leyes.
  8. La cárcel tiene la misión (entre otras cosas) de reinsertar a las personas. No sólo sirve cumplir condena, a parte de pagar por lo errores que se hayan cometido (de la índole que sean) hay que reinsertarlos en la sociedad. Lo que no se puede es cumplir condena y que salgan con los mismos pensamientos, mismas ideas y mismas ansias de repetir los errores que haya cometido y haya hecho que le llevaran a estar ahí.
  9. Hay casos donde la condena se llama y se la conoce como, prisión preventiva. ¿Qué quiere decir esta terminología? Que la justicia, para evitar que la persona culpable pueda huir, fugarse o no pagar con su condena, se escape. Para evitarlo, se le adjudica la prisión preventiva. Todo esto pasará mientras no sea condenado y no haya una condena en firme.
  10. Entre las reglas y las palabras en este “sector” o este “mundo”, se escuchará decir: en régimen penitenciario, en régimen cerrado, en régimen abierto y en régimen ordinario. ¿Cada régimen qué significa para la persona a la que se le adjudica? Os lo contamos ahora mismo.
  11. Cuando se dice que hay un régimen ordinario, se están refiriendo a que la persona acusada, se le ha dicho ya, que estará condenada y/o se le hace culpable de un cargo concreto. La justicia habrá decidido que los acusados (o los ya penados), a los que tienen una condena y están ya en una condena con el segundo grado y a los que están detenidos o están sin clasificar todavía.
  12.  También nos encontramos con el régimen cerrado. ¿Qué es o a quién se le impone esta ley o norma? Siempre se les impondrá este régimen a los penados que hayan sido ya condenados y estén cumpliendo su primer grado. Para darles el régimen cerrado, es porque se les considera presos de peligro, sus hechos son considerados muy peligrosos, se pueden escapar, no son personas que quieran reincorporarse o insertarse en la sociedad ni quieran o hayan comprobado, que no quieren cumplir con las normas que hay en la sociedad. Si pueden comprobar y así lo certifican los psicólogos y psiquiatras que son un peligro y pueden volver a sus andadas y hacer lo mismo por lo que se les ha juzgado, se les mantiene en la cárcel.
  13. El régimen abierto, es lo que la ley les pone o concede a los presos o condenados que ya están cumpliendo con su pena en la cárcel o han cumplido ya, parte de la condena. Entonces, se les da una posibilidad de tener cierta libertad. Lo que se hace es que van cumpliendo parte de la condena en la cárcel, pero ya no tienen que estar las veinticuatro horas del día encerrados. Por lo general, lo que se hace es estar de día en la calle, en libertad. Pero por la tarde o por la noche, ya deben volver a la cárcel y dormir allí.
  14. Todos los regímenes que ya hemos comentado y son los que existen se les llama a los regímenes penitenciarios. Hay que saber, por tanto, que quiere decir cuando se dice los regímenes penitenciarios. Pues significa, que hay normas.
  15. Son normas que deben seguirse a pies juntillas para que en la sociedad no ocurra (por desgracia) las barbaridades que cada vez se están viendo más. Todos sabemos lo que debemos hacer y también, lo que no se debe hacer bajo ningún concepto. La gente no puede hacer lo que le da la gana, cuando le apetezca. Pues en la cárcel, ocurre lo mismo. También hay leyes y hay unas normas. Se deben seguir a pies juntillas. Tanto en comportamientos, como en los horarios, la convivencia, entre otras cosas… si los que están encerrados, los presos, hiciesen en la cárcel lo que les da la gana, habría una rebelión. Por ello, es inadmisible. Como cada preso está encerrado por un motivo, cumple una condena diferente (y un largo etcétera), se les pone un régimen diferente y dependerá de lo que hayan hecho, como avancen, como se sientan de insertados en la sociedad, cumplan las leyes, las condenas que se les haya impuesto, etc.
  16. No siempre las personas que hayan cometido un delito van a ir a la cárcel. De hecho, se valorará y en el juicio (ante el juez y abogados) se valorará, repetimos, dependiendo del caso y lo que haya hecho, la posibilidad que no entre en prisión. Eso sí, en su lugar, deberá acatar las siguientes opciones (siempre valorables).
  17. Pueden ser condenados a hacer, trabajos en la comunidad. Realmente son llamados, trabajos comunitarios. Ayudan por una parte a la comunidad (la sociedad), son conscientes de lo que han hecho, pagan condena, colaborar con la sociedad y no se lleva el caso al nivel de privarlo de libertad. Eso sí, se debe cumplir con los días, las horas y el trabajo. De no ser así, se podría llevar el caso a una pena de cárcel.
  18. En otro tipo de casos, también a la persona que se le juzgue, podrá evitar la cárcel si se coloca un brazalete que es electrónico. Esto se le coloca para poder estar en todo momento, controlado. Con ello la policía le controla. Tiene que cumplir con lo que se le dice. Si sale de los kilómetros, metros o la pulsera no está conectada a la red de la policía y ellos lo detectan, pueden arrestarle. Lo mismo, como se quite la pulsera electrónica. Si ellos comprueban que no hay señal y que se la ha quitado, vienen a buscarte y pueden llevarte a la cárcel y dejar de estar en libertad.
  19. Multas por un cargo de pequeña envergadura. Si no es un delito grave, sólo te harán pagar la condena, con una multa. Tendrás que pagar como se haya decidido. A diario una cantidad económica, mensual, o bien te embargarán los bienes que tengas para poder pagar lo que se te haya adjudicado.
  20. Ojo, a parte de la multa pagando (económica) también está la posibilidad de que se te condene a entrar en prisión la cantidad de años que sea y, además, pagar también una multa. La cantidad que en el juicio, el juez, te haya indicado.
  21. Si ya hemos comentado que puedes pagar condena con los trabajos comunitarios, también puedes pagar la condena con trabajos a la comunidad, con cursos (estudios o formaciones), con estar en libertad, pero tener que ir a la noche a prisión y dormir ahí, etc. Son diferentes opciones, siempre valorables y siempre, dictaminadas por un juez.

Que Necesitas

Consejos

Que una persona se quede sin libertad y esté en una cárcel o esté privada de libertad por cometer delitos no es algo que se haga desde hace unos pocos años… es algo casi tan viejo como el hilo negro (como se suele decir).
De hecho, las cárceles como tal, no. Pero en su momento, y estamos hablando de hace siglos (tanto como hace quinientos años), no había cárceles, pero sí había las llamadas casas de trabajo.

¿Para qué eran estas casas de trabajo? Pues servían para la producción cuando les interesaba o les venía bien. En esos siglos, lo que se hacía era buscar a los presos, para que se pusieran a trabajar. Puesto que no había muchos trabajadores para ciertos trabajos. Si echamos la vista atrás o miramos documentos o películas, veremos que casi siempre se utilizan a los presos para trabajos de fuerza o muy duros. Como recolectar algodón, picar piedra, trabajos a pleno sol…

Siempre hay que evitar, tener que saber cómo se vive en la cárcel y qué tipo de leyes hay que cumplir. Porque por supuesto, en la cárcel, también se cumplen unas normas, unas leyes y debe haber una convivencia. De no ser así, de no cumplirse las normas en la cárcel ni hacer caso a los policías, vigilantes y demás cuerpos del estado, sería una autentica locura.

Siempre que una persona tenga que pisar la cárcel, será porque ha cometido un delito. No hace falta que sea expresamente de sangre, puede ser por trato, venta o consumo de drogas, por robos, accidentes, omisión de socorro, maltrato, delincuencia, atracos, violación, etc.…

 

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